Jul
8
ACERCA DEL SISTEMA DE COMUNICACIÓN
Julio 8, 2008 | Por: Pilar Nuñez |
Montecristi-Ciudad Alfaro, 05 de julio de 2008.
Oficio E-44PNC
Arquitecto
Fernando Cordero
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE
Presente
Señor Presidente:
De conformidad con lo dispuesto por el Art. 40 del Reglamento de Funcionamiento de la Asamblea Constituyente envío a usted, y por su intermedio a la Secretaría de la Asamblea, la propuesta de la Asambleísta Pilar Núñez sobre el Sistema de Comunicación, como aporte para que se integre en el Sistema Nacional de Inclusión y Equidad Social, que trabajó la Mesa 7 y que se debatió en el Pleno No. 75, de 03 de julio de 2008.
Atentamente,
MERCEDES PANTA
ASAMBLEISTA
TITULO VI – DEL REGIMEN DE DESARROLLO
CAPITULO 4- DE UNA VIDA DIGNA PARA TODOS Y TODAS
SISTEMA DE COMUNICACIÓN SOCIAL
PROPUESTA DE INCLUSIÓN EN ESTE CAPITULO, PRESENTADA EN EL PLENO DE 3 DE JULIO DE 2008
Pilar Núñez C.
- A través de una distinta concepción acerca de la estructura de la Constitución de la República, vamos a marcar una gran diferencia respecto a la del 98: lograr la integración y coherencia entre aquello que los juristas llaman la parte dogmática y la parte orgánica.
- Se ha insistido mucho en la Asamblea, que debemos construir nuevos paradigmas para permitir a la nueva sociedad erigirse con sólidos cimientos que permitan una vida digna a las próximas generaciones. Y lo estamos haciendo. Es por ello que ésta es la Constitución del Buen Vivir.
- Las mesas 1 y la 7 han dado lo suyo, por un lado, un conjunto de derechos que hablan de lo que es la vida, las relaciones de los seres humanos en las distintas formas y espacios y sus relaciones con la naturaleza. Por el otro, vamos uniendo las piezas del andamiaje institucional, las ideas, los procesos, los actores que hacen posible el ejercicio de esos derechos. Todo ello, junto a los otros importantes componentes que las distintas mesas han traducido en artículos de profundo significado, va configurando la estructura de un país realmente diferente.
- Ahora bien, en estos dos días varios colegas asambleístas y entre ellos, Betty Tola, Norman Wray, brillantemente sostuvieron que sólo el conjunto de elementos y factores interrelacionados, y que se han plasmado en el articulado respectivo propuesto por la Mesa 7, es lo que permite el cumplimiento de los derechos de las personas, los pueblos y la naturaleza. Estos elementos están enmarcados en el gran Sistema Nacional de Inclusión y Equidad Social; y esta es la herramienta para su viabilización, para que el Estado cumpla en la práctica sus compromisos del desarrollo de la sociedad ecuatoriana.
- Por eso, tal como lo reconoció ayer el Compañero Pedro Morales, un componente fundamental está faltando y es el Sistema de Comunicación Social. Indispensable, porque la sociedad del conocimiento y de los saberes implica la conjunción de la educación, la comunicación, la ciencia, la tecnología y la cultura.
- Más allá de lo que manifesté en el Pleno hace dos días, hay dos grandes coincidencias entre los 130 asambleístas: la defensa de la libertad de expresión y el criterio de que en el ámbito de la comunicación, el Estado no debe ejercer control en nada más allá de lo que atenta a los derechos de las personas y colectividades, a los bienes públicos. Por tanto, esta Asamblea no permitirá que se controlen contenidos comunicativos, que exista censura o confiscaciones de ningún tipo, peor de los medios.
- Eso es lo que se plantea al incorporar a la comunicación en el gran sistema del buen vivir, porque nadie puede dudar de su trascendencia, idéntica a la educación, a la cultura, a la ciencia y tecnología, considerando, claro está que la Mesa 7 ha acordado el significado de sistema y que por eso ha adoptado esta línea conceptual y metodológica, para estructurar el Estado a través de sus instituciones, actores, recursos, normas, procesos, políticas, etc. La comunicación es tan sistema como los otros mencionados en este capítulo. No puede ser reducida a dispositivos mediáticos que funcionan bajo sus propias reglas.
- De ahí que solicito a la mesa incorporar dos artículos y una disposición transitoria, referidos a este sistema, que se plantea en las líneas siguientes.
- Se debe aclarar que en ninguna línea de estos artículos se menciona formas de control o censura o imposición a los medios; por el contrario, se rescata el sentido multidimensional de la comunicación y se precautela la participación ciudadana en la defensa de la libertad de expresión y de la democratización de la comunicación.
- Se entrega a la Mesa 7 y a la Mesa Directiva los dos artículos y la disposición transitoria, para el tratamiento respectivo. Cuyo texto reproduzco a continuación.
REGIMEN DE DESARROLLO
CAPITULO 4: DE UNA VIDA DIGNA PARA TODOS Y TODAS
SISTEMA DE COMUNICACIÓN SOCIAL
03 – 07 – 08
Art. 1.- El Sistema de Comunicación Social posibilita el cumplimiento de los derechos de la comunicación y de la información; fortalece la participación ciudadana, la concienciación, la movilización social y el protagonismo de las personas, organizaciones, pueblos y nacionalidades; promueve el acceso a las tecnologías de información y comunicación y el desarrollo de las capacidades para su uso; la investigación y generación de conocimiento en comunicación. Se guiará por los principios generales del Sistema Nacional de Inclusión y Equidad Social.
Forman parte las instituciones; las políticas públicas; la normatividad; los actores de la comunicación; los recursos; la entidad rectora responsable de promulgar la política pública de comunicación y regular las actividades y entidades del sector; un órgano de participación ciudadana para promover las iniciativas de la sociedad civil en el ejercicio de la comunicación; y, el organismo de control correspondiente.
Art.- 2
El Estado asignará las frecuencias radioeléctricas entre medios públicos, privados y comunitarios, en igualdad de condiciones, de conformidad con la Ley. Se prohíbe la transferencia de concesiones de frecuencias. Los concesionarios solo podrán ser ecuatorianos y ecuatorianas.
Disposición Transitoria
Concluida la Asamblea Constituyente, en un plazo máximo de 30 días, la Función Legislativa conformará una comisión especial multisectorial para realizar una auditoría de las concesiones de las frecuencias de radio y televisión, cuyo informe se entregará en un plazo máximo de 90 días desde la conformación de la Comisión. Mientras se realiza este proceso no se podrá asignar ninguna frecuencia.
Simultáneamente, esta comisión elaborará en un plazo máximo de 120 días la Ley Orgánica de Comunicación, que deberá ser aprobada por la Asamblea Nacional en un plazo máximo de 180 días.