Jul
15
Mesa Constitucional No.1, segundo debate de los textos constitucionales, referentes a: DERECHOS COLECTIVOS, MOVILIDAD HUMANA, DERECHO AL AMBIENTE SANO;DERECHOS CULTURALES; DE LOS CONSUMIDORES; DE LA FAMILIA Y DERECHOS DE LOS GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA:
MesasEscrito por: Rosanna Queirolo | 1 Comentario
DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES:
El Art. 3 de este capítulo afirma que “El Estado reconoce y garantiza la vida incluido el cuidado y protección desde la concepción”. Es importante anotar que este texto no reconoce y garantiza la vida desde la concepción, sino tan solo su cuidado y protección, y la vida de aquellos niños cuyas madres decidieron traerlos al mundo. Esto ocurre porque la inviolabilidad de la vida no está garantizada desde la concepcion en el capítulo de los derechos civiles que forman, en todas las teorías jurídicas, ...
Jul
14
Mesa Constituyente No. 7 de Régimen de Desarrollo, para el SEGUNDO DEBATE de los textos constitucionales, referentes a: DE UNA VIDA DIGNA PARA TODAS Y TODOS, SECCIÓN SEGUNDA: LA CONSTRUCCIÓN DE POTENCIALIDADES HUMANDAS Y DE UNA VIDA DIGNA EN PAZ, DEL TÍTULO VI: DEL RÉGIMEN DE DESARROLLO, EN LA PARTE CORRESPONDIENTE A: DE LA SALUD, DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DEL DEPORTE, DEL HÁBITAT Y VIVIENDA, DE LA CULTURA Y DEL DISFRUTE DEL TIEMPO LIBRE:
MesasEscrito por: Rosanna Queirolo | Dejar un Comentario
El Artículo 22, en su segunda enunciado: “Se guiará por los principios generales del Sistema Nacional de Inclusión y Equidad Social y además los de bioética, suficiencia y los enfoques de género y generacional, así como de interculturalidad”
En este enunciado, que fue comentado para el primer debate, se vuelve a vincular el Sistema Nacional de Salud al enfoque de género, sin embargo el informe de mayoría nuevamente no explica que debemos entender por enfoque de género. ¿Qué implicaciones tiene para el Sistema Nacional de Salud modelar su actuación según los ...
Jul
14
Sugerencia sobre los textos constitucionales de la mesa No. 7 referentes al TÍTULO VI: DEL RÉGIMEN DE DESARROLLO, EN LA PARTE CORRESPONDIENTE AL CAPÍTULO DEL DEPORTE: Incorporación de artículo para facilitar la importación y adquisición de equipos deportivos.
MesasEscrito por: Rosanna Queirolo | Dejar un Comentario
Sugiero que en la parte correspondiente al DEPORTE se incorpore el siguiente texto que contiene una norma que, indudablemente, beneficiará la práctica del deporte en el Ecuador. El texto es el siguiente:
“El Estado fomentará la importación o adquisición de equipos, implementos, artículos, accesorios y demás complementos deportivos, de la naturaleza que fueren, libre de gravámenes, tasas e impuestos, exclusivamente para la práctica y competencias, nacionales e internacionales, de las distintas disciplinas deportivas, para uso de deportistas o entidades del sistema deportivo sin fines de lucro, con el dictamen favorable de la ...
Jul
9
Comentarios al Informe de Mayoría, presentado por la Mesa Constituyente No. 2 de Organización, Participación Social y Ciudadana, y Sistemas de Representación, para el SEGUNDO DEBATE de los textos constitucionales, referentes a: FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL:
MesasEscrito por: Rosanna Queirolo | Dejar un Comentario
Art. 1: “El pueblo es el mandante y primer fiscalizador del poder público. Toda ciudadana y ciudadano tiene derecho a participar y controlar los actos de interés público de acuerdo con la ley.
La función de transparencia y Control Social promoverá e impulsará el control de la administración pública y de las personas naturales o jurídicas públicas, y de las privadas para que las actividades que realicen y los servicios que presten se cumplan con equidad, responsabilidad y transparencia;”
De acuerdo al primer párrafo de este texto, y con el ...
Jul
9
Comentarios a los textos constitucionales, referentes a: FORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LA PRODUCCIÓN Y SU GESTIÓN, DEMOCRATIZACIÓN DE LOS FACTORES DE LA PRODUCCIÓN, LOS INTERCAMBIOS ECONÓMICOS Y EL COMERCIO JUSTO, AHORRO E INVERSIÓN. Mesa 6
MesasEscrito por: Rosanna Queirolo | Dejar un Comentario
Art. 1:“El Estado reconoce la existencia de diversas formas de organización de la producción en la economía, sean estas: comunitarias, cooperativas, empresariales públicas o privadas, asociativas, familiares, domésticas, autónomas, mixtas y las demás que la ley determine.”
Las formas de organización de la producción en la economía surgen en la sociedad a través de la libre iniciativa ciudadana. Son los ciudadanos los que libremente han creado estas formas de organización y es posible que en el futuro surjan nuevas formas de organización. Es por esto que considero inapropiado para esta realidad ...
Jul
8
Comentarios para el SEGUNDO DEBATE de los textos constitucionales, referentes a: Título V del Territorio, su Organización y los Gobiernos Autónomos Descentralizados, que comprende: Principios Generales, De la Organización del Territorio, De los Gobiernos Autónomos Descentralizados y de los Regímenes Especiales, De los territorios comunitarios de los pueblos ancestrales y regímenes especiales, Competencia de los Gobiernos Autónomos, Principios y criterios para la participación y distribución de recursos a los Gobiernos Autónomos Descentralizados y Disposiciones Transitorias:
La autonomía y la descentralización es un eficaz sistema de control del poder por el poder ...
Jul
7
Medios alternativos de solución de conflictos, Jueces de Paz, Jurisdicción Indígena, Fiscalía General del Estado, Sistema de Protección de Víctimas, Testigos y Participantes en el Proceso Penal, Defensoría Pública, Rehabilitación Social y Consejo de la Judicatura para Segundo debate. Mesa 8
MesasEscrito por: Rosanna Queirolo | Dejar un Comentario
JUECES DE PAZ:
En el artículo 2 “Los jueces de paz resolverán en equidad aquellos conflictos individuales, comunitarios, vecinales y contravenciones que no sean sancionadas con privación de la libertad, los que deben ser sometidos voluntariamente a su jurisdicción, de conformidad con la ley, en ningún caso su actividad sustituirá las funciones de administración de justicia de las autoridades indígenas”, debe agregarse que solo pueden someterse a este tipo de jurisdicción los conflictos que puedan ser objeto de transacción
JUSTICIA INDÍGENA:
...Jul
5
Los derechos colectivos y difusos, derechos económicos y sociales y culturales, y de los grupos de atención prioritaria, en la parte correspondiente a: De la Familia y Derechos de los Grupos de Atención Prioritaria, para el Primer Debate. Mesa 1
MesasEscrito por: Rosanna Queirolo | Dejar un Comentario
Es de mi interés volver a repetir ciertas interrogantes jurídicas acerca de la naturaleza de los derechos colectivos. Si existen derechos colectivos ¿quiénes son los titulares de aquellos derechos? ¿los individuos que lo componen o el colectivo? Dependiendo de eso la doctrina jurídica se pregunta: ¿tienen los pueblos derechos distintos a los del individuo? ¿Existe un pueblo o colectivo que conforma una realidad supraindividual que termina siendo algo distinto a los individuos que componen dicho pueblo? El asunto es el siguiente: ¿los intereses del pueblo son intereses de un ente grupal o agregación de los intereses ...
Jul
4
Comentarios sobre el proyecto presentado para primer debate de los textos constitucionales referentes a: JUSTICIA ORDINARIA, SERVICIOS NOTARIALES Y REGISTRAL Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES. Mesa 8
MesasEscrito por: Rosanna Queirolo | Dejar un Comentario
En el artículo 4 “Los magistrados, ministros y jueces administrarán justicia sujetándose a la Constitución, a los intrumentos internacionales de derechos humanos y a la ley”, tal como lo establece el informe de minoría, es necesario agregar, luego de la frase “instrumentos internacionales de derechos humanos”, la frase “debidamente ratificados”.
En el artículo 7 del proyecto se recoge el PRINCIPIO DE GARANTÍA A LOS ADMINISTRADOS. El principio es de vital importancia para la efectiva vigencia de la tutela judicial efectiva y para que no existan espacios de inmunidad del poder ...
Jul
3
Proyectos de artículos de la Mesa 1 sobre la “DEFENSORÍA DEL PUEBLO”, propuestos para segundo debate.
MesasEscrito por: Rosanna Queirolo | Dejar un Comentario
Art. 3.4: Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de defensa de los derechos humanos y solicitar juzgamiento y sanción ante la autoridad competente, para quienes las inculpan.
En el informe de mayoría no se despejan las dudas acerca de la naturaleza jurídica de las medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato para hacer cumplir los derechos fundamentales. ¿Qué clase de medida es? ¿Puede ser hecha efectiva con la fuerza policial? ¿No se necesita el aval de un acto judicial? ¿Si un individuo se ve lesionado en su derecho de ...


