May
29
Derechos de autor y copia libre
Mayo 29, 2008 | Por: Tania Hermida |
Aporte para el articulado sobre TIPOS DE PROPIEDAD presentado por la Mesa 6 para Primer Debate.
Creemos necesario incluir el tema de propiedad intelectual, que no consta en el articulado presentado por la mesa 6. Nuestra propuesta se diferencia de la que impone la sociedad de consumo, en la que toda idea o creación tiene un “dueño” y por ello un costo para el usuario. Creemos que es necesario diferenciar el legítimo derecho de los autores a benficiarse del fruto de su trabajo, de la indiscriminada mercantilización de todo conocimiento u obra en menoscabo del legítimo fin de toda creación: circular en el ámbito público. En definitiva: reconocemos el derecho de los autores a beneficiarse de los derechos de autor o copyright pero también (y esto es lo novedoso) el derecho de los consumidores de beneficiarse de la libre circulación del conocimiento y las obras o copyleft.
El artículo que proponemos es el siguiente:
Art. (…) Se reconoce y garantiza la propiedad intelectual. Esta comprende los derechos previstos en la ley, incluido el derecho del autor a determinar un régimen de dominio público o copia libre sobre su obra; en cuyo caso, se garantiza también el derecho de los usuarios de acceder a la obra sin que pese sobre ellos intermediación ni gravamen alguno.
Fundamentación:
En este artículo se constitucionaliza, además de los clásicos derechos de autor y conexos que constan en la ley, una alternativa que viene a reivindicar el ejercicio opuesto al que prevee la ley: renunciar a un concepto privatista de la propiedad autogenerada y decidir para ella un destino colectivo y público.
Esta alternativa supone superar las restricciones derivadas de las normas actuales de propiedad intelectual, garantizando mayor libertad; permitiendo que cada persona receptora de un contenido pueda usar, modificar y redistribuirlo porque así lo ha querido el autor original.
De este modo se otorga al autor el control real (absoluto) sobre sus obras.
Comentarios
1 Comentario hasta el momento
Estoy totalmente de acuerdo con la libre circulacion de conocimiento sino no hubiera podido descargar libros importantisimos que si los compraba me quedaba sin comer una semana pero quisiera que me explicara un poco mas sobre el copyleft!!
hasta ahora entiendo que, con esta propuesta yo puedo hacer una tipografía y el publico va a poder usarla y descargarla a voluntad sin pagar… pero yo seguiría ganando por el copyright?
Expliqueme eso por favor!
Gracias
MP