Ayer continuó el primer debate sobre el texto que la nueva Constitución tendrá sobre la Función Electoral. La polémica está en cómo despartidizarlo.

Redacción Política

La despartidización de la nueva Función Electoral es uno de los temas de consenso entre los miembros de la Asamblea Constituyente, en la que los partidos tradicionales no tienen control ni en las mesas ni el Pleno del organismo.

Durante el primer debate sobre la organización de este nuevo Poder del Estado, todos los sectores coincidieron en la necesidad de que se despartidice a la Corte Nacional Electoral, que tendrá como función la organización de los procesos electorales. Esta instancia remplazará al actual Tribunal Supremo Electoral, en el que están representados los siete partidos políticos que más votación obtuvieron en las últimas elecciones nacionales pluripersonales.

Sin embargo, uno de los temas de mayor discusión tuvo que ver con la creación del Tribunal Contencioso Electoral, que tendrá a su cargo la administración de la justicia electoral. El presidente de la Mesa 2 de Organización, Participación Social y Ciudadana y Sistemas de Representación, Virgilio Hernández, defendió la propuesta de esta comisión constituyente, indicando que es fundamental, elevar a categoría de función del Estado, al ente electoral.

La asambleísta Ximena Bohórquez de Honradez Nacional, expuso su satisfacción y apoyo a la propuesta de la Mesa 2, señalando que el Tribunal Supremo Electoral siempre fue un organismo que actuó como juez y parte.

Rafael Estévez, ex Sociedad Patriótica, sumó sus argumentos a las voces que cuestionan este tribunal por cuanto “atenta contra el principio de unidad jurisdiccional, que indica que todas las instancias de administración de justicia deben estar agrupadas en la Corte Suprema”.

Otro de los temas de preocupación fue la integración de la denominada Comisión Seleccionadora, que tendrá a su cargo el proceso de selección de los consejeros de la Corte Nacional Electoral y del Tribunal de lo Contencioso Electoral. Mae Montaño, del Movimiento UNO, comentó que para el segundo debate es necesario que se redacte una mejor propuesta sobre quiénes serán estos representantes de la sociedad.

Según Montaño, la propuesta de la Mesa 2, en el sentido de que estará integrada por representantes de las diferentes funciones del Estado y de la ciudadanía, quienes mediante concurso de méritos y oposición, “no está clara y se presta a tergiversaciones”.

Mientras se cumplía el debate en el salón principal de Ciudad Alfaro, el bloque del Prian, encabezado por los asambleístas Anabella Azín y Vicente Taiano, ofrecieron una rueda de prensa, para manifestar su desacuerdo.


Comentarios

1 Comentario hasta el momento

  1. Carlo Magno Salcedo en Abril 6, 2008 11:50

    Estimado Señor Asambleísta Virgilio Hernández,

    Primero permítame presentarme, soy un ciudadano de la hermana República del Perú; en mi país soy funcionario del organismo electoral administrativo (la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE) y profesor de la Escuela de Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asimismo, dedico parte de mis esfuerzos académicos a estudiar el tema de la Organización Electoral en el Perú y en el mundo.

    Por ello, estoy siguiendo con sumo interés el proceso de reforma electoral que viene dándose en el Ecuador, concretamente el tema de lo que ustedes denominan la “Función Electoral”. En mi país soy de los que sostiene la necesidad de que la administración electoral esté separada de la justicia electoral. Por ello, me parece una excelente decisión la que están adoptando en estos momentos en el seno de vuestra Asamblea Nacional Constituyente.

    De hecho, me genera una sana envidia que en el Ecuador ni siquiera se esté discutiendo, por ser tan evidente, la necesidad de diferenciar tajantemente la Administración Electoral de la Justicia Electoral, sino, simplemente, si la justicia electoral debe ser realizada por un tribunal autónomo o por la Función Judicial. En todo caso, cualquiera de ambas opciones garantiza que las actuaciones administrativas de la entidad encargada de organizar las elecciones, podrán ser revisadas imparcialmente por un organismo jurisdiccional no involucrado en lo absoluto en la organización de los procesos electorales, lo que constituye la mejor garantía institucional para los ciudadanos y para las organizaciones políticas. También me llama la atención que hayan sido las propias autoridades del TSE quienes hayan visto la necesidad de diferenciar entre administración y justicia electoral, porque “no se puede ser juez y parte”.

    Los felicito.

    Sirva la ocasión para invitarlo a visitar mi blog (CUESTIONES DE LA POLIS), en el cual he colocado un post sobre la reforma de la Función Electoral en el Ecuador, en el siguiente enlace:

    http://blog.pucp.edu.pe/item/21455#more

    Asimismo, le envito a revisar las siguientes publiaciones relacionadas con el tema: “La Administración Electoral en el Perú. Funciones competencias y organismos electorales”, en este link:

    http://blog.pucp.edu.pe/nucleus/plugins/avatar/148.pdf

    Asimismo, el estudio: “”Lineamientos para la reforma constitucional de los organismos electorales”, en el siguiente link:

    http://blog.pucp.edu.pe/nucleus/plugins/avatar/136.pdf

    Gracias por su atención.

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