Hoy se debate el Régimen de Transición

Julio 21, 2008 | Por: Virgilio Hernández |

El documento, elaborado por asambleísta Virgilio Hernández y su equipo de trabajo, consta de cuatro capítulos y 25 artículos. Se trata de una hoja de ruta constituyente que entraría en vigencia una vez que las y los ecuatorianos le digamos a la Constitución de Política de República, en el Referéndum Aprobatorio. El Diario EL COMERCIO analiza el tema.

25 artículos marcan la ruta de la transición

El futuro de la actual Corte Suprema, los organismos de control, las elecciones generales y el método de asignación de escaños se definirán hoy.

El denominado régimen de transición que se aplicará si gana el sí en el referéndum aprobatorio de la nueva Constitución finalmente será conocido hoy por el Pleno de la Asamblea. El orden del día de la sesión convocada por su titular, Fernando Cordero, para las 10:00 contiene dos puntos.

Los temas se refieren, precisamente, en primer lugar, al régimen de transición; y luego el conocimiento y resolución del proyecto de ley orgánica reformatoria e interpretativa a la Ley de Régimen Tributario Interno, a la Ley de Equidad Tributaria y a la Ley de Régimen del Sector Eléctrico que se tratarán en un mismo documento.

“Hay razones para votar por el sí, la oposición
cayó en contradicción”. Fernando Cordero
Presidente de la Asamblea Constituyente.

En la convocatoria no dice primer debate del régimen de desarrollo, como sí constaba en la agenda del viernes, cuando no fue posible conocer ese punto debido a que la resolución de las reconsideraciones a 104 artículos prolongó la reunión de la Asamblea hasta la mañana del sábado.

El texto del régimen de transición contiene 25 artículos y dos pueden considerarse polémicos: la prórroga del funcionamiento de los asambleístas y la reorganización de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

El primero establece que la Asamblea Constituyente se reunirá dentro de los cinco días posteriores a la proclamación de los resultados del referéndum aprobatorio, para conformar la comisión legislativa o ‘Congresillo’, compuesta por 39 asambleístas. Ese número puede variar, según admitió Cordero. La composición de la comisión buscará mantener proporcionalmente la conformación que tuvo la actual Asamblea.

La comisión legislativa cumplirá todas las funciones (legislación y fiscalización) de la Asamblea Nacional (el actual Congreso), hasta que se posesionen los asambleístas nacionales o diputados.

El estatuto de la Asamblea, aprobado en abril del 2007, señala que la Constituyente debía reunirse durante seis meses para redactar la nueva Carta Política, con dos meses de prórroga, si era necesario, luego de lo cual quedaría disuelta. Esos ocho meses de funcionamiento se cumplirán el 25 de este mes, según ha dicho Cordero. Pero, conforme con el régimen de transición, un grupo de asambleístas seguirá en funciones hasta abril o mayo del 2009, siempre que gane el sí en el referéndum de septiembre.

Por eso, el ex titular de la Asamblea, Alberto Acosta, anunció el viernes que en esa fecha presentará su renuncia irrevocable a su función de asambleísta; asimismo, miembros de las bancadas de oposición han adelantado que tomarán la misma decisión.

En cuanto al tema de la Corte Suprema, el documento del régimen de transición señala que los 10 magistrados que obtuvieron las más altas calificaciones en el concurso público que dio origen a su conformación (a finales del 2005) asumen transitoriamente las funciones y responsabilidades de la nueva Corte Nacional de Justicia. Los restantes 21 magistrados cesarán en sus cargos inmediatamente.

Esta Corte transitoria, de 10 magistrados, dictará la normativa necesaria para la asunción de sus funciones y responsabilidades temporales.

Esa propuesta ya fue negada el jueves por el Pleno de la Asamblea. Ese día, por falta de votos, no fue aprobada una transitoria dentro del articulado de Justicia Ordinaria, que establecía que los 10 magistrados que obtuvieron las más altas calificaciones en el concurso público para la conformación de la actual Corte Suprema seguirían en funciones hasta cuando se conforme la nueva Corte Nacional de Justicia y los restantes 21 magistrados cesarán en sus cargos inmediatamente. Entonces, hubo 50 votos a favor y se requerían por lo menos 66, que es la mayoría de la Asamblea.

Pero el oficialismo interpretó como que el tema no ha sido resuelto, porque no se aprobó ni se negó esa propuesta.
El régimen de transición agrega que una vez conformado el nuevo Consejo de la Judicatura, en un plazo no mayor a 90 días, organizará la Corte Nacional de Justicia de la siguiente manera: con los 10 magistrados de la Suprema antes citados y 11 nuevos magistrados designados mediante concurso público de oposición y méritos; según principios, procedimientos, considerando los principios y normas de la Constitución.

Por esta vez, el Consejo de la Judicatura reglamentará los concursos en mención.

La propuesta de régimen de transición también establece que los integrantes del Consejo Nacional de la Judicatura, Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo Electoral terminarán sus períodos cuando se posesionen los vocales del nuevo Consejo Nacional de la Judicatura, los magistrados de la nueva Corte Constitucional, los consejeros del Consejo Nacional Electoral y los magistrados del Tribunal Contencioso Electoral.

Las designaciones provisionales efectuadas por la Asamblea Nacional Constituyente para el ejercicio de las funciones del Contralor, Procurador, Fiscal General, Defensor del Pueblo y superintendentes se mantendrán vigentes hasta que, de acuerdo con las normas constitucionales, se proceda al nombramiento de sus reemplazos definitivos.


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